DERECHO CONSTITUCIONAL Y LA CONSTITUCIÓN MEXICANA
Derecho constitucional
En seguida te presentamos unas
de las concepciones de constitución dadas por unos grandes estudiosos:
Ferdinand Lasalle la define como la suma de los factores reales del poder dentro de un momento determinado.
Karl Schmitt La concibe como el conjunto de las decisiones políticas
fundamentales adoptadas por voluntad soberana
del pueblo.
Eduardo García Máynez
Es el conjunto de normas relativas a la estructura
fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de
estos entre sí, y con los particulares.
Ahora bien debes saber que la Constitución es la norma
jurídica fundamental y suprema de un país, de la cual emana el derecho de dicho
país.
¿Sabes qué o quién protege
la libertad de cada uno de los particulares y vigila la autoridad que
ejerce el gobernante? EL DERECHO CONSTITUCIONAL.
André Haurio, dice que el Derecho Constitucional en un país
nace como el marco legal que refleja el
pensamiento de un pueblo en los siguientes aspectos:
Eduardo Gracia Máynez dice que
el derecho constitucional estudia el
origen de la autoridad, la naturaleza del propio Estado y la división de
poderes.
Sabías que…
México al adoptar la figura de
la federación ha tenido tres constituciones federales: la de 1824,1857 y la
vigente de 1917.
En seguida te presentamos la estructura de la constitución
La Constitución Mexicana es
codificada, rígida y otorgada. Y en los artículos 39 y 40 contiene el concepto
de soberanía.
¿De qué hablan
estos artículos?
Estos artículos establecen que
la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo, el cual
al construirse en Republica la deposita en los poderes de la unión del artículo
441 constitucional.
La función de cada poder
federal es la siguiente:
Poder ejecutivo
|
Es el gobernante o gobierno que dirige y ejecuta el
mandamiento del pueblo
|
Poder legislativo
|
El que crea la ley
|
Poder judicial
|
Es el administrador de la justicia.
|
En estas partes de la
clasificación de la constitución podemos agregar una tercera parte que es la
social
Está contenida en el artículo
27 constitucional, referente a la propiedad de la tierra, tierras ejidales y
comunales
Respecto a las garantías
individuales son reconocidas bajo la Constitución bajo los siguientes
principios:
1o igualdad: se refiere al goce de derechos de
las personas físicas o morales.
2o libertad: contemplada en varios artículos,
que en seguida te colocaremos a manera de infografía para una fácil
comprensión.
3o propiedad: comprendido en el artículo 27, que
limita al poder público en relación al patrimonio de la sociedad.
4o seguridad pública: igual
contenida en diversos artículos.
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